Cartera, Composición de Saldo y Estado de Deuda (Cálculo)

Este programa sirve para calcular la composición del saldo y estado de la deuda a una fecha, agrupado por código de cuenta contable y comisionista.

También calcula (si marcamos las opciones correspondientes):
  • la facturación de los últimos doce meses respecto a la fecha de control por comisionista y cliente y su ratio Deuda Vencida = (D.Vencida/Facturacion)*100, 
  • la facturación total de los últimos doce meses respecto a la fecha de control y su ratio Deuda Vencida = (D.Vencida/Fact_Total)*100.

Se anotará los Estados indicativos de deuda 'Pendiente' así como:

  • Fecha de Control (útil para saber cuando ha sido calculado el informe) 
  • Fecha de Control excedidos, (excedido = deuda pendiente que debería haber sido ya pagada). 


 Los pasos que realiza son:
  • Borrar los datos calculados en la Fecha de Control seleccionada para dejar la tabla temporal limpia
  • Se calcula la Deuda Vencida Pendiente, es decir la deuda vencida para los estados seleccionados (deuda pendiente) y distinto del estado 'Pagado'
  • Se calcula la Deuda No Vencida Pendiente, es decir la deuda no vencida para los estados seleccionados (deuda pendiente) y distinto del estado 'Pagado'
  • Se calcula la Deuda Vencida Pendiente con estado Pagado, deuda pendiente que excede la fecha de Control con estado actual 'Pagado'
  • Se calcula la Deuda No Vencida Pendiente con estado Pagado, deuda que excede la fecha de Control, con estado actual 'Pagado'
Para calcular la Deuda Vencida se seleccionan vencimientos:
[Fecha de Registro <= Fecha de Control] y [Fecha de Vencimiento < Fecha de Control].

Además se realiza un desglose según la diferencia de días entre la Fecha de Control de Excedidos y la Fecha de Vencimiento. Este desglose se realiza en grupos de: 0..30, 31..60, 61..90, 91..120, 121..180, 181..360, 361..720, +720.

Para calcular la Deuda No Vencida se seleccionan vencimientos:
[Fecha de Registro <= Fecha de Control] y [Fecha de Vencimiento > Fecha de Control]

En caso de vencimientos con estado 'Pagado' se consideran Pendientes si la fecha de su Asiento de Cancelación es mayor que la Fecha de Control.