La forma de actuar para una factura rectificativa es registrarla con el mismo % de iva con la que fue emitida, mientras que en una devolución podremos actuar de dos formas, realizarlo con el nuevo porcentaje o aplicar con el que fue realizado el servicio en su origen.
Debido a que ZGEST asignará el % según la fecha de emisión del documento y el Tipo de IVA asignado, la solución a adoptar para emitir documentos con un % de IVA no correspondiente al periodo es crear una nuevo TIPO cuyos parámetros a nivel de % sean los del periodo anterior.
Por ej. creamos el Tipo 6, indicando un porcentaje de IVA para el periodo posterior al 1-9-2012 del 8% + 1% de RE, de esta forma en las facturas posteriores al 1-9-2012 aunque por defecto el tipo aplicado sea el correspondiente al 10%+1.4% siempre podremos indicar 'manualmente' que queremos operar con el tipo del 8%+1%.